16/06/2017

Defensores del Pueblo de todo el país se reunieron con referentes del Ministerio de Desarrollo Social de la nación y solicitaron que se derogue el decreto 432/97

Durante el encuentro, que se realizó en la sede de Adpra de la ciudad de Buenos Aires, el defensor santafesino Raúl Lamberto solicitó, con el respaldo de sus pares, que se restituyan todas las pensiones dadas de baja y que se derogue el decreto 432/97, para crear un protocolo donde se evalúe cada caso en particular y donde prime el principio de interpretación favorable del postulante a la pensión.   
El encuentro se llevó a cabo en la sede de Adpra Caba.

En el ámbito de un encuentro de miembros de la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (Adpra) y funcionarios del Ministerio de Desarrollo Social de la nación que se desarrolló este viernes, el defensor del Pueblo de la provincia de Santa Fe, Raúl Lamberto, consideró que la restitución anunciada por el gobierno nacional de las pensiones no contributivas a personas con discapacidad debe ser sólo el primer paso y solicitó derogar el decreto 432/97 y discutir un nuevo marco que reglamente estas prestaciones, de forma de adecuarlo a los convenios internacionales que ha suscripto la Argentina con rango constitucional.

Durante su intervención en el encuentro celebrado en la sede de Adpra en la Ciudad de Buenos Aires, donde estuvieron presentes Guillermo Badino, titular de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales, y Alejandra Cedrola, jefa de Gabinete del Ministerio de Desarrollo Social de la nación, Lamberto reiteró a los funcionarios nacionales la necesidad de derogar dicha norma y “dictar un nuevo marco reglamentario en el que se determinen pautas conforme a la normativa vigente, y específicamente se establezcan requisitos más inclusivos y sujetos a la evaluación interdisciplinaria de cada caso en particular, a los fines de evaluar la procedencia o la baja del beneficio”.

En ese sentido, el defensor santafesino planteó que para establecer los criterios para el otorgamiento y baja de pensión por discapacidad se debe tener en cuenta “la Convención Internacional sobre Derechos de las Personas con Discapacidad (adherida por ley 26.378 y con jerarquía constitucional por ley 27.044) que reza: promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su libertad inherente”. Lamberto evaluó que ésa es la única manera de “garantizar los derechos de las personas con vulnerabilidad”.

Al referirse puntualmente a los requisitos para acceder a las pensiones no contributivas, el defensor del Pueblo provincial pidió “que se suprima toda referencia a porcentajes de incapacidad laborativa, dado que la pensión debe otorgarse por motivos de discapacidad y no por incapacidad de trabajar, para de esa manera cumplir con la referida convención”. También destacó que se debe excluir del nuevo régimen “el actual inciso f del decreto 432/97, que establece como impedimento de acceso a la pensión el hecho de que el cónyuge se encuentre amparado por un régimen de previsión, retiro o prestación no contributiva alguna”. Y también exigió que “los bienes, ingresos y recursos con que cuenten los discapacitados sean evaluados por un equipo de profesionales interdisciplinario de manera amplía y en el contexto socioeconómico particular en el que vive cada beneficiario”.

Finalmente, Lamberto propuso que el nuevo marco reglamentario garantice, previo a resolver la suspensión o cese de la pensión, “el debido proceso administrativo, con notificación fehaciente y facultades recursivas a favor del beneficiario, en el que prime el principio de interpretación favorable a favor del postulante a la pensión”.

Por su parte, los representantes del gobierno nacional precisaron que desde el lunes se comenzarán a acreditar las pensiones dadas de baja y el pago será en forma retroactiva. Y aclararon que una semana se restituirán todas aquellas quitadas de manera indebida. Añadieron que Quedarán exceptuados los casos de fallecimiento, renuncia y quienes han accedido a un trabajado registrado.

En este punto, los defensores coincidieron en solicitar que en la próxima normativa no sea incompatible la pensión no contributiva con el trabajo registrado.