05/01/2017

El Defensor del Pueblo se reunió con autoridades del NBSF por el adelanto en el vencimiento de tarjetas de crédito

El Defensor del Pueblo, Dr. Raul Lamberto, presentó un pedido formal a las autoridades del NBSF para que no se cobren intereses sobre los pagos efectuados en las tarjetas de crédito que administra la entidad y cuyo vencimiento fue adelantado respecto de los plazos habituales.

El Ombudsman santafesino mantuvo una reunión en la Casa Central que la entidad bancaria tiene en Rosario, con el Gerente General del Nuevo Banco de Santa Fe, Luis Roberto Nuñez, y el Gerente de Banca de Consumo, Adalberto Callano, a quienes les presentó una nota solicitando que como agente financiero de la provincia proceda a modificar para los meses venideros las fechas de vencimiento de las tarjetas de crédito emitidas por la misma, de modo de operar en fecha posterior al cobro de salarios y haberes de los agentes y jubilados provinciales.

Como resultado de la reunión las autoridades informaron que adoptarán las siguientes medidas:
•    No se aplicará el cobro de intereses punitorios ante el pago total del primer vencimiento
•    El próximo vencimiento del mes de febrero se realizará después del quinto día hábil, aproximadamente el día 7.
•    Como respuesta a un planteo anterior del Defensor, preveen prorrogar el vencimiento en el cobro de las tarjetas de crédito a los jubilados.

En la Defensoría se recibieron consultas por parte de usuarios de tarjetas de crédito del NBSF afectados por el adelanto del vencimiento en el cobro que se produjo el día 3 de enero, primer día hábil del año. El débito se generó cuando aun no se habían percibido los salarios del mes de diciembre, ya que dicho vencimiento opera varios días después del primer día hábil de cada mes, esto sumado a que los usuarios tampoco habían recibido el correspondiente resumen de gastos.

Cabe aclarar que el Nuevo Banco de Santa Fe es el agente financiero de la provincia y que todos los empleados, funcionario y jubilados provinciales perciben sus sueldos y haberes por su intermedio y que los pagos de los resúmenes se efectúan por débito automático de las debidas cuentas.