04/08/2018

La Defensoría del Pueblo de Santa Fe se pone a disposición de los afectados por el presunto quiebre de una empresa de turismo estudiantil

El organismo de defensa de derechos se encuentra trabajando este tema de forma coordinada con su par de la ciudad de Bariloche. Recordó que este rubro está regulado por las leyes 25.599, su modificatoria 26.208 y la resolución 23/2014 y que la autoridad de aplicación es el Ministerio de Transporte de la Nación.

Ante las denuncias públicas de alumnos de escuelas secundarias afectados por la presunta quiebra de una empresa de viajes de egresados, la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe informa que se encuentra trabajando de forma coordinada con la Defensoría del Pueblo de la ciudad de Bariloche, al mismo tiempo que se pone a disposición de los establecimientos educativos y los padres de los estudiantes para asesorarlos al respecto y, además, reitera una serie de recomendaciones para tener en cuenta a la hora de contratar este tipo de servicios.

Los afectados por esta situación pueden acercarse a la Defensoría del Pueblo, en cualquiera de sus sedes o delegaciones, llevando consigo toda la documentación que esté en su poder, de manera de que esta pueda ser analizada por los profesionales de la institución para dar así asesoramiento pertinente.

Además de estar tratando este tema con la Defensoría de Bariloche, la institución santafesina está permanente en contacto con el organismo chubutense para trabajar ante cualquier eventualidad que pasen los alumnos provinciales que viajan a esa ciudad.

Sobre el turismo estudiantil

El turismo estudiantil está regulado por ley nacional 25.599, su modificatoria 26.208 y la resolución 23/2014. La mencionada normativa prevé el Fondo de Turismo Estudiantil, cuya finalidad es asegurar la realización de los viajes de egresados, ante eventuales incumplimientos por parte de las agencias.

El Fondo se integra con la llamada cuota cero, que es lo primero que se paga y es el equivalente al 6 por ciento del valor del viaje. Es decir que es la sumatoria de las cuotas cero lo que constituye el fondo fiduciario y, en caso de que una empresa no pueda cumplir con el viaje, éste permitiría que se puedan solventar los viajes comprometidos asignándoselos a otras agencias.

La autoridad de aplicación y órgano de control en estos casos es el Ministerio de Turismo de la Nación.

Recomendaciones y pautas para contratar viajes de egresados

La Defensoría brinda una serie de tips a tener en cuenta para evitar evitar inconvenientes y hacer valor los derechos como consumidor.

1- Verificar es que la agencia de viajes estudiantil esté habilitada como tal por el Ministerio de Turismo de la Nación. Esto es un indicador de que la empresa cumple con cuestiones como la cuota cero y que cuenta con seguros de responsabilidad civil, accidentes personales y de caución, servicio de asistencia al viajero y sus coordinadores están inscriptos en el Registro Nacional de Coordinadores Estudiantiles. Para chequearlo se  ingresar al  sitio   del Ministerio de Turismo de la Nación (www.turismo.gov.ar/turismo-estudiantil)

2- Exigir que expresamente se incluyan todos los datos de hospedaje, transporte (fecha de salida y regreso), gastronomía, excursiones y seguros. Ya que no se puede exigir lo que no está incluido en el contrato a suscribir.

3-  Si por razones de fuerza mayor fuese imposible la utilización de alguno de los servicios previamente contratados, la agencia deberá brindar siempre uno de igual o superior categoría al establecido. Sin perjuicio de ello, el usuario podrá optar por la rescisión del contrato debiendo la agencia reintegrar el monto total de los servicios incumplidos.

4- La empresa debe ofrecer, al menos, tres opciones de hotelería con capacidad máxima de 4 pasajeros por habitación y en módulos separados por género.

5- La agencia debe brindar un pasaje liberado cada 10 estudiantes.

6-Los coordinadores tienen que ser mayores de 21 años. Tiene que viajar uno cada 35 chicos. Deben estar inscriptos en el Registro Nacional de Coordinadores Estudiantiles.

7- Es obligación de la empresa contratar un seguro contra todo riesgo.

8- La agencia no puede vender un viaje para dentro de más de dos años (este año hasta el 2020)

9-. Las operadoras que venden viajes a destinos de Brasil o el Caribe deben tener el permiso oficial para comercializar este tipo de viajes.

Sin perjuicio de lo establecido en la norma específica, debe recordarse que en las relaciones de consumo que se generen, se aplicará la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, y sus normas complementarias y mediante sus respectivas autoridades de aplicación.

La Defensoría del Pueblo tiene sedes en Rosario (pasaje Álvarez 1516) y Santa Fe (Eva Perón 2526), además de delegaciones en el interior de la provincia, que pueden consultar en el sitio defensoriasantafe.gob.ar/oficinas. Cualquier ciudadano que tenga una duda o consulta sobre este tema puede acercarse con la documentación de que disponga para recibir asesoramiento totalmente gratuito.