02/07/2015

Previenen sobre riesgos en la contratación de planes superadores de salud ofrecidos por obras sociales y prepagas

            La Defensoría del Pueblo advierte a la ciudadanía que no se firme ningún contrato de ampliación de servicios de salud que les ofrezcan sus propias obras sociales o prepagas sin leer los formularios  o asesorarse sobre su alcance y costos reales, porque muchas veces se observa que no coincide lo que verbalmente se ofrece al momento de la contratación con la cobertura efectivamente brindada.

La Defensoría decidió llamar públicamente la atención sobre estas prácticas ante la multiplicación de ciudadanos perjudicados que se han presentado en el organismo porque no se les cumple con los servicios de salud extra que creían haber contratado y por los cuales pagan una suma aparte del descuento por obra social que se les efectúa por recibo de sueldo.

            Las quejas recibidas también refieren a los inconvenientes que tienen los ciudadanos al pretender dar por finalizadas dichas contrataciones. Si no pueden seguir pagándolas, éstas acumulan deudas que se amplían con el agregado de intereses.

            Cabe agregar que los planes superadores están permitidos y son regulados por el órgano nacional de control de las Obras Sociales -Superintendencia de Servicios de Salud -, pero los problemas se generan por insuficiencia o falta total de la información inicial que deberían brindar a sus afiliados  las propias Obras Sociales o las prepagas que gerencian a Obras Sociales.

            Se sugiere que ante dudas  o consultas sobre la presente cuestión y en lo posible, antes de firmar cualquier documentación, se comuniquen con el Área de Salud de la Defensoría, a los teléfonos Nº 0342- 4571900/ 4571960, o al correo electrónico: consultoriatecnica@defensorsantafe.gov.ar