11/08/2016

Respuesta de la Epe al defensor del Pueblo de la provincia de Santa Fe

La nota firmada por el Ing. Raúl Stival, presidente del directorio de la Empresa Provincial de la Energía, se hizo llegar en la fecha a la Defensoría del Pueblo

Textualmente la nota dice lo siguiente:

SR. DEFENSOR DEL PUEBLO
DEFENSORIA DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
DR. RAÚL ALBERTO LAMBERTO
S / D
Ref.: Nota fichado E.P.E. M.E. 2/16/10256- Oficio Defensoría del Pueblo N° 0843 del
05/08/16- Expte. N° ROS-9122/16.-
En respuesta al oficio de referencia, librado en el Expte. N°ROS-9122/16, se informa lo siguiente:
Con relación al fallo del Juzgado Federal en lo Civil,Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín N° 2, a cargo de la Dra. Martina Forns, Secretaría N° 2, dictado dentro de los autos caratulados: "Fernández, Francisco Manuel y otros e/Poder Ejecutivo Nacional-Ministerio de Energía y Minería- ENRE- s/Amparo- Ley 16.986", Expte. N.° 33645/2016, relacionado con el aumento de las tarifas del sector eléctrico, le informamos que recién en el día de ayer, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO (CAMMESA), publicó el Documento de Transacciones Económicas a través del cual notifica a todas las empresas distribuidoras del país el esquema de precios mayoristas con el que esa compañía facturará la energía operada durante el mes de Julio del corriente año.
De dicho documento surge que los precios de compra de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe mantienen sin modificaciones los valores correspondientes a los fijados a partir de la resolución N° 6/2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA DE LA NACIÓN.
De acuerdo a lo informado verbalmente por CAMMESA, ello responde a que la "medida cautelar interina" dictada por la Dra. Forns que ordenaba la suspensión del cobro de las facturas emitidas como resultado de la aplicación del nuevo cuadro tarifario, tenía vigencia hasta tanto el Estado Nacional contestara el informe previsto por el art. 4 de la Ley 26.865, lo cual a tenor de la información brindada habría
sido cumplimentado el lunes próximo pasado.
De esta manera, en consideración de que CAMMESA continúa aplicando los precios mayoristas fijados a partir del 1° de Febrero del corriente año, la Empresa Provincial de la Energía hace lo propio en lo referente al traslado de dichos precios.
Sin perjuicio de lo anterior, en el caso concreto de que la EPE resultara notificada de modificaciones en el esquema de precios vigente, instrumentará los cambios correspondientes con el objeto de que los mismos sean trasladados a nuestros usuarios finales y en ese sentido para aquellos usuarios que hubieren efectivizado el pago de la factura ya emitida, les será reconocido el mismo a través de la correspondiente nota de crédito, imputable a consumos posteriores.
Por último cabe aclarar que a la fecha la EPE no ha recibido comunicación alguna por parte del Ente Nacional Regulador de Electricidad (ENRE) tal lo había dispuesto expresamente la magistrado actuante en el segundo párrafo del Pto. 1 de la Resolución.
Desde ya se agradece al Sr. Defensor del Pueblo su disposición para colaborar en la difusión de las medidas que se dispongan al respecto.
Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para saludarlo atte.