29/09/2014

La Defensoría del Pueblo recomendó al IAPOS eliminar el vencimiento en las órdenes de consulta y cambiar el método de actualización del valor de los coseguros

La actuación se inició a partir de una presentación efectuada por la Asociación sindical del personal del IAPOS cuestionando la disposición n° 000014 del 19 de marzo del presente año, que fijó nuevos valores para los coseguros y estableció fecha de vencimiento en las órdenes de consulta.

La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe recomendó al Instituto Autárquico Provincial de Obra Social eliminar el vencimiento en las órdenes de consulta y cambiar el mecanismo de actualización de los valores de coseguros.

        Entiende que el ajuste debe estar fundado en estudios técnicos sobre los costos reales de las prestaciones, la situación institucional y la estricta necesidad, más aún por tratarse de un sistema solidario y por ser la salud un derecho humano esencial.

        La actuación se inició a partir de una presentación efectuada por la Asociación sindical del personal del IAPOS cuestionando la disposición n° 000014 del 19 de marzo del presente año, que fijó nuevos valores para los coseguros y estableció fecha de vencimiento en las órdenes de consulta.

        La resolución, firmada por los dres. Analía Colombo, Defensora de Niñas, Niños y Adolescentes; y Luciano Leiva, Defensor adjunto para la zona Norte de la provincia; ambos a cargo de la Defensoría del Pueblo considera desatinado el fundamento del aumento del valor de las órdenes médicas para evitar distorsiones cometidas por los prestadores, para regular la demanda y obtener una mayor recaudación.

        De 5 pesos que costaban las órdenes en febrero pasado se incrementaron a 18 pesos en el mes de setiembre del corriente año, tan sólo 6 meses después. Este incremento se da en un contexto financiero de la obra social superavitario (más de 237 millones de pesos a fines de 2013).

        “Este organismo considera razonable que se establezca un mecanismo de actualización de los valores de las órdenes de consulta o prestación. Sin embargo los niveles de superávit del IAPOS –desde 2008 a 2013- sugieren una fórmula más benévola para el afiliado en general”.

        La resolución de la Defensoría remarca que en estas disposiciones no se ha tenido en cuenta a los sectores más vulnerables, como jubilados y pensionados y pacientes con enfermedades crónicas.

        Sobre el vencimiento de las órdenes “Creemos que la mayoría de los afiliados las compran cuando efectivamente las necesitan y puede que se adquieran algunas adicionales para su eventual utilización ante una urgencia”. Nos preguntamos, señala el organismo, cuál es el perjuicio que causaría a la obra social que un afiliado utilice una orden el día 60 o 70.

    Si se quiere evitar que los médicos exijan dos o más órdenes de consulta a sus pacientes no puede castigarse al más débil, que es el afiliado. Debe mencionarse que otro tema que no ha podido ser revertido es el cobro de plus a los afiliados por gran parte de los profesionales.

        La resolución de la Defensoría del Pueblo recomienda a la dirección del IAPOS que analice la implementación de controles de oficio sobre los prestadores.